control-efectivoPara poder suministrar un arma el comprador ha de estar en posesión de la correspondiente licencia de armas.

Para adquirir una arma de la categoría B, C, D, E y F, será necesario una copia de la licencia de armas, una copia del DNI, y si procede, una copia del certificado del armario armero para armas largas rayadas o caja especial para armas cortas.

Los precios de las armas llevan incluidos los gastos de envío en territorio español; en el caso de la munición, dependerá de la cantidad del pedido.

Para la compra de munición metálica, los envíos estarán limitados a un máximo de 200 unidades; para cartuchos de escopeta el límite máximo es de 5000 unidades. Será necesario copia de la licencia de armas y del DNI.

Una vez realizada la transferencia se procederá al envío del arma a la Intervención de Armas correspondiente a la localidad del comprador, o donde éste nos indique; el comprador irá a recoger su arma con su licencia y con el impreso 790 abonado en la entidad bancaria correspondiente, por un importe de 7,62 €, para la expedición de la guía de pertenencia. Portes armas no incluidos.

Nota: No todas la armas que se ofertan están al alcance de particulares; hay armas que por su acción, calibre, culata, tamaño o capacidad del cargador sólo pueden ser adquiridas por las fuerzas y cuerpos de seguridad o con autorización especial.

www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/index.html